¿Son compatibles las pensiones de viudedad y jubilación?
Por lo general, las prestaciones proporcionadas por la Seguridad Social dentro del mismo régimen son incompatibles para un único beneficiario; es decir, si estás recibiendo una pensión de jubilación, no podrás recibir simultáneamente una pensión por discapacidad o incapacidad permanente.
Sin embargo, en situaciones concretas, la pensión de viudedad es compatible con cualquier renta laboral. Es decir, sí es posible cobrar la pensión de viudedad y la de jubilación al mismo tiempo, aunque para poder cobrar ambas pensiones a la vez, se deben cumplir ciertos criterios específicos.
Requisitos para cobrar pensión de viudedad y jubilación
La pensión de viudedad es un beneficio que se concede a la persona cónyuge o pareja de hecho del fallecido, siempre que cumplan con ciertos requisitos establecidos por la Seguridad Social. Por otro lado, la jubilación es el resultado de años de cotización y trabajo, la cual se recibe al alcanzar la edad legalmente establecida y cumplir con los requisitos de cotización.
Para saber si puedes acceder a ambas pensiones, debes tener en cuenta las siguientes condiciones:
Requisitos para cobrar la pensión de jubilación
Se exige un mínimo de 15 años cotizados, de los cuales 2 deben darse entre los 15 años previos a la solicitud de la pensión. Además, hay que acceder a dicha solicitud desde una posición de alta o alta asimilada.
Hay que cumplir con la edad de jubilación ordinaria, que en 2024 es de 66 años y 6 meses para las personas con menos de 38 años cotizados. Para la jubilación anticipada, se podrá reducir la edad en 2 o 4 años, dependiendo de si se trata de una jubilación anticipada voluntaria o involuntaria.
Requisitos para cobrar la pensión de viudedad
- En casos de muerte provocada por una contingencia común, el cónyuge o pareja de hecho que ha fallecido debe tener una cotización mínima de 500 días dentro de los últimos 5 años.
- El beneficiario o beneficiaria de la pensión de viudedad también debe cumplir una serie de requisitos que varían en función de su situación personal:
- En caso de matrimonio, cuando la muerte es por una enfermedad común anterior al matrimonio, el potencial beneficiario de la pensión de viudedad debe demostrar la existencia de hijos en común, la celebración del matrimonio al menos 1 año antes de la muerte o una convivencia de al menos 2 años.
- En caso de pareja de hecho, el cónyuge superviviente debe acreditar el registro de la pareja de hecho al menos 2 años antes de la muerte y una convivencia de 5 años o la existencia de hijos en común.
- En caso de separación judicial o divorcio, se debe acreditar el cobro de una pensión compensatoria y que el superviviente no ha realizado un nuevo matrimonio o pareja de hecho.
- Si la separación judicial o divorcio fue antes de 2008, no hay que acreditar lo anterior, siempre y cuando: a) hayan pasado menos de 10 años entre la separación y el fallecimiento; b) el matrimonio durará al menos 10 años y/o existan hijos en común; c) o bien, el beneficiario tenga al menos 50 años.
- Tampoco se exige el requisito anterior (pensión compensatoria) del fallecido a las personas víctimas de violencia de género.
¿Se suman las pensiones de viudedad y jubilación?
En la mayoría de los casos sí, se suman la pensión de viudedad y jubilación. La razón es que la pensión de viudedad es compatible con cualquier renta del trabajo.
Es decir, si una persona pierde a su cónyuge en el momento en que está recibiendo un salario por su trabajo, podrá cobrar la pensión que le corresponde por viudo o viuda.
Del mismo modo, si la pérdida se produce en el tiempo en que está jubilado y recibe una prestación por los años que ha trabajado también tiene la posibilidad de cobrar la viudedad.
El objetivo de esta compatibilidad es que los ingresos de una persona no se vean mermados de una forma sobresaliente cuando se produce la pérdida del esposo o esposa. Y es que ese déficit de ingresos que se produce a causa de un fallecimiento podría afectar extraordinariamente al bienestar económico de una familia.
¿Qué límites existen a la hora de cobrar la viudedad y la jubilación?
Existe una serie de límites que repercuten en sí se puede cobrar jubilación y viudedad al mismo tiempo. La mayor parte de ellos están centrados en el montante económico conjunto de los ingresos. En definitiva, ¿Cuál es el tope máximo para cobrar dos pensiones?
- Las dos pensiones se pueden cobrar íntegramente siempre que la cuantía de ambas no supere, a fecha del año 2023, un total de 3.058,81 euros mensuales en 14 pagas. Si el conjunto de los ingresos supera esta cifra, normalmente se suele reducir la pensión que le interesa al beneficiario para dejar el importe máximo.
- En el caso de que las dos prestaciones estén sujetas al régimen especial de la minería del carbón y estén por encima de cierto importe.
No se pueden compatibilizar las pensiones asociadas al Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez con los beneficios que se otorgan en otros regímenes.
Por lo tanto, muchos de vosotros os preguntáis, ¿cuándo me jubile puedo seguir cobrando la pensión de viudedad? Sí, una persona que venía cobrando la pensión por viudedad también podrá cobrar la pensión por jubilación, con lo cual se mantiene el cobro de las pensiones.

¿Cuáles son los documentos que se necesitan para cobrar la pensión de viudedad?
En el caso de que uno de los cónyuges, que esté recibiendo los ingresos por jubilación, se quede viudo, debe realizar una serie de trámites para obtener la viudedad. Solo habiéndose cumplimentado se puede cobrar la pensión de viudedad y jubilación al mismo tiempo.
Estos son los trámites en cuestión:
- Los españoles deben acreditar su nacionalidad española presentando ante la autoridad administrativa competente el DNI.
- En el caso de ser residentes extranjeros, presentará el pasaporte o el documento de identidad extranjero y el Número de Identificación Extranjero (NIE).
- Deberá presentar ante la administración el Certificado de Defunción del cónyuge.
- Si el beneficiario estaba casado con el fallecido, debe acreditar el matrimonio con el Libro de Familia, el acta del Registro Civil o el documento extranjero que equivale.
- En el caso de que la pareja estuviera legalmente separada o divorciada, tiene que presentar la sentencia judicial que recoja el divorcio y, además, acreditar que no está dada de alta como pareja de hecho o ha contraído matrimonio con otra persona.
- Si la relación de los convivientes estaba formalizada como pareja de hecho.
- El certificado legal en el que se recoge la constitución como tal.
- Las Actas del Registro Civil en las que se observe que, ni la persona fallecida ni el cónyuge estaban casados ni separados de otra persona.
- Se deben acreditar los ingresos tanto del solicitante como de la persona fallecida en el año anterior al fallecimiento. Además, es necesario presentar la acreditación de ingresos del solicitante durante el año natural en curso. Esto se puede hacer mediante las nóminas de los años en cuestión, la declaración del IRPF o documentos de las entidades bancarias.
- Es necesario presentar el certificado de empadronamiento del Ayuntamiento que pueda acreditar la convivencia entre el fallecido y el solicitante durante los cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento.
Preguntas frecuentes
¿Cómo afecta el monto de la pensión de jubilación al cobro de la pensión de viudedad?
En algunos casos, el monto de la pensión de jubilación puede afectar la cantidad que se recibe por la pensión de viudedad. Si la pensión de jubilación es mayor que la pensión de viudedad, es posible que solo se reciba la pensión de jubilación, pero si la pensión de viudedad es mayor, se podría recibir una parte de ambas pensiones.
¿Cuánto se puede cobrar por ambas pensiones?
La cuantía total que se puede cobrar por ambas pensiones no puede superar el límite máximo establecido por la Seguridad Social, que varía en función del salario mínimo interprofesional y el índice de revalorización. Para conocer el monto exacto, es recomendable consultar con la Seguridad Social.
¿Qué documentos debo presentar para solicitar ambas pensiones?
Para solicitar ambas pensiones, es necesario presentar los siguientes documentos:
- DNI o NIE del solicitante y del fallecido.
- Certificado de defunción del cónyuge fallecido.
- Certificado de matrimonio.
- Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos de cotización para ambas pensiones.
¿Cuándo debo solicitar la pensión de viudedad si ya estoy jubilado?
Lo ideal es solicitar la pensión de viudedad lo antes posible tras el fallecimiento del cónyuge, ya que el plazo para hacerlo es de 3 meses a partir de la fecha de defunción. Pasado este plazo, se podría perder el derecho a percibir la pensión de viudedad.
¿Jubilación y viudedad son dos pagadores?
Sí, a efectos de la declaración de la renta, se considera que las dos pensiones, tanto la de jubilación como la viudedad, provienen de dos pagadores diferentes.
¿Hay que tributar la pensión la pensión de viudedad y pensión de jubilación?
Sí, ambas no forman parte de las rentas exentas de IRPF y, por lo tanto, debes incluirlas en tu declaración de la renta.
¿Puedo trabajar y cobrar ambas pensiones al mismo tiempo?
Sí, es posible trabajar y cobrar ambas pensiones al mismo tiempo, aunque hay ciertas limitaciones en cuanto a la jornada laboral y el salario percibido. Si trabajas a tiempo parcial y no superas el salario mínimo interprofesional, podrás compatibilizar ambas pensiones con el empleo. Sin embargo, es importante consultar con la Seguridad Social para conocer las condiciones específicas aplicables a tu caso.
¿Cuándo se puede perder la pensión?
Cuando, por ejemplo, tengas reconocida una pensión por incapacidad permanente ya sea total, absoluta y de gran invalidez. Ya que la pensión de viudedad debe constituir la principal o única fuente de ingresos del pensionista.
¿Cuándo no se pierde la pensión de viudedad?
No se pierde si, en el caso de ser pareja de hecho y constaba en el registro específico de la comunidad autónoma, y se puede acreditar que había una convivencia estable de al menos cinco años anteriores al fallecimiento.
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Mi pareja es de Gibraltar y yo de España, yo trabajo en España y ella en Gibraltar. Si me caso con ella y resido yo en Gibraltar aunque trabaje en España. ¿Tiene que hacer ella la declaración de la renta en España para tener derecho a prestación de viudedad? Entiendo que si no trabaja aquí y no vive aquí ni compramos una casa aquí en España no tiene que hacer ninguna declaración para disfrutar de la viudedad. ¿Sería más beneficioso para ambos que yo pierda mi nacionalidad española? ¿Cotizo menos si pierdo mi nacionalidad aunque trabaje aquí?en un futuro lejano heredaré una casa de la que ya tengo la mitad, ¿perjudicaría en algo? ¿Es mejor que tengamos la doble nacionalidad?
Gracias
Buenas días Oriol,
Para la cuestión que nos plantea tendría que consultar con un gestor para aclarar todas estas dudas.
Atentamente,
Vittalias
Buenas tardes, por favor me gustaria tener información sobre estas dudas. mi marido esta jubilado y cobra 870€ en este año 2022 y yo cobro 555€ yo tengo 68 años y tuve que cotizar despues de los 50 años un minimo de 2 años para poder cobrar, mi pregunta es si quedara viuda cobraría mi pensión y el 52 por ciento de viudedad? o como quedaría?
Un saludo.
Soy viudo desde el 96
Cobro viudedad
Estoy en activo
Me jubilo en 2022
Pierdo mi pensión de viudedad al jubilarme?
Buenos días, mi duda es la siguiente, cobro viudedad y jubilación, pero no se si son el mismo pagador o diferentes.
Muchas gracias, un saludo
Estimados,
Por favor, ruego me ayuden con el caso que paso a relatar a continuación:
Hace unos meses falleció mi padre, pasando así mi madre a cobrar la correspondiente paga por viudedad. Ella, que ya percibía su paga, contributiva, por jubilación, de unos 700€ mensuales, vio cómo se reducía 200€ de un plumazo cuando empezó a cobrar viudedad, cuando la suma de las dos pagas era de unos 1900€ brutos.
Además de esto, en la paga de Enero, cobró menos de lo habitual, con subida del 2,5 incluida, pues tras regularizar IRPF le aplicaron una subida del 14 al 18%.
Quedaría enormemente agradecido si me pudieran aclarar todo este barullo, si se ajusta a la norma o, por contra, existe irregularidad.
A la espera de su respuesta,
Reciban un cordial saludo.
Javier
Perdón, rectifico, quería decir que la suma de las dos pagas era 1900€ netos.
Perdón, rectifico, quería decir que la suma de las dos pagas era 1900€ netos.
Estoy cobrando de viuda y trabajo entre los dos cotizo 4300 euros tendré derecho a las dos pensiones o mejor que deje de trabajar unos años antes de la jubilació
Acabo de quedar viuda, mi marido cobraba de jubilacion 1345 € y yo que tambien estoy jubilada cobraba 654. Cuanto me pertene al qudar viuda.
Buenos días M. Dolores,
Para saber exactamente que pensión le quedará tendría que consultar con un gestor o directamente con Seguridad Social.
Atentamente,
Vittalias
Cobro una pension en Enero 2022 con un complemento a minimos de 367,20 e el total a percibir es de 721,70.- e, me han aprobado una pensión de viudedad que asciende a 344,58.- e.
Pues bien he recibido una resolución en la que a partir de Marzo la pensión de Jubilacion me quedaría en 377,12.- e ya que me han quitado un total de 344,58.- e del complemento a mínimos, por tanto cobrare por la pension de jubilación 377,12.- e la de Viudedad 344,58.- e.
me pueden decir si esto es correcto ? ya que en el escrito Observaciones dice literalmente: El complemento a minimos que tiene incluido en su pension es incompatible con la percepcion de ingresos superiores a 7939,00 euros anuales (Excluida la Pensión)
Entiendo que si pone 7939 excluida la pensión es que cobre mas de ese importe restando la pensión de jubilacion y yo no cobro importe alguno mas.
no se si es así o estoy liado.
si me pueden aclarar si es correcto ó tendría que hacer algo ante la seguridad social?
Buenas tardes
Mi consulta es la siguiente mi mujer tiene una paga por invalidez permanente ya que tiene demencia severa,yo actualmente estoy jubilado y cobrando una pensión ya que tengo 70 años,en caso de fallecimiento de mi mujer yo tendría derecho ha cobrar mi paga de jubilado y la paga de viudedad?
Gracias anticipadas
Un cordial saludo
Mi madre está jubilada y se acaba de quedar viuda ella cobra de jubilación 738€ mi padre cobraba 638€ mi pregunta es le queda algo de la pensión de mi padre ? Y cuánto sería la cantidad gracias
Hola buenos días…estoy separada judicialmente desde 1981en este momento estoy jubilada y cobro 780€…mi marido murió este mes de febrero…solo quiero saber si tengo derecho a cobrar la pensión de viudedad..
Buenas,mi madre falleció y mi padre cobra su jubilación, ahora le han dado la pensión de viudedad pero de su pension de jubilación mensual le han descontado a que es debido ? Es normal? Gracias saludos
Actualmente cobro una Pensión de Viudedad.
Quisiera saber si tengo derecho a cobrar una Paga de Jubilación, aunque solo he cotizado a la Seguridad Social durante poco más de doce años.
Gracias.
Hola. Cobro pensión de jubilación y pensión de viudedad. Juntando las dos cobro la pensión máxima. Me retienen un 21 % de IRPF en ambas. He estado consultando las tablas de retención de pensiones y veo que la máxima no llega al 16 %. Podrían decirme si esto es normal? Gracias
A finales a Abril cumpliré 65 y cobraré la pensión de jubilación. Debido a las cotizaciones la pensión sera el máximo 2819€ Soy viudo y cobro una pensión de viudedad de unos 800€, por lo que la pensión de jubilación que me corresponderá será la diferència, unos 2800€ con las retenciones IRPF que correspondan.
En Julio tengo previsto casarme y por lo tanto dejaré de cobrar la viudedad, la pregunta es volveré cobrar el máximo 2819 como pensión de jubilación o me quedaré en 2800 y necesitaré abogados para reclamar?
Muchas gracias
Buenas tardes soy pensionista con 67 años ase un año fallecio mi marido y estábamos separado legalmente y fallecio el año pasado tengo derecho a la paga de viudedad y si es asin cuanto percibiría yl tenía cotizado 36 años y me dieron la paga que me correspondía gracias por todo
A finales a Abril cumpliré 65 y cobraré la pensión de jubilación. Debido a las cotizaciones la pensión sera el máximo 2819€ Soy viudo y cobro una pensión de viudedad de unos 800€, por lo que la pensión de jubilación que me corresponderá será la diferència, unos 2000€ con las retenciones IRPF que correspondan.
En Julio tengo previsto casarme y por lo tanto dejaré de cobrar la viudedad, la pregunta es volveré cobrar el máximo 2819 como pensión de jubilación o me quedaré en 2000 y necesitaré abogados para reclamar?
Muchas gracias
Hola mi marido murió cobro una pensión de vuidad puedo cobrar también jubilacióna la vez
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Cobro de pensión 786 y e quedado viuda. Puedo cobrar de la pensión de mi marido algún tanto% de su pensiones cobraba775e la persona del jemais es un familiar
Llevo un año cobrando viudedad y mi pensión de jubilación,el montante no supera los 16000 euros anuales,ambos ingresados por la seguridad social,en este caso estoy obligado hacer la declaración de la renta? Gracias
Hola!Recibo una paga de viudedad desde hace 8 años, tengo 62 años, y me quiero jubilar, soy maestra interina,mi pregunta es:tengo que renunciar a mi retribución de viudedad, o se juntan las 2 y recibiré el máximo de jubilacion.
Gracias
Con esto del IRPF. Por dos pagadores me pregunto si no me saldría más a cuenta cobrar solo mi jubilación de profesora ( 40 años trabajados) que estar cobrando por viuda y la jubilación?
Hola mi madre estaba cobrando la pension minima y al fallecer mi padre se la bajaron hasta lo minimo (200 euros), es decir, le quitaron el complemento a minimos que tenia antes para cobrar la pension minima por empleada del hogar, y la pension de viudedad cobra el 60 % de la base reguladora que tenia mi padre,mi madre esta toda disgustada por su bajada de pension se puede hacer o podemos hacer una reclamacion ante la seguridad social.
Gracias
Tengo 61 años cobro una viudedad ,tengo 22 años cotizados ,me gustaría saber si me puedo jubilar con 65 años o tengo que esperar hasta los 67.Gracias de antemano
Soy viuda mi pension es de 721€me toca jubilarme en agosto con 66 años y 25 años y 7 meses cotizados, que cobrare cuando me jubile?
Muy buenas, mipadre ha fallecido y su viuda cobra una pension de jubilacion no contributiva. La han concedido la viudedad pero corresponde al regimen de trabajadores del mar. Es compatible el cobro de las dos pensiones? Gracias.
Buenas tardes,
Me quedé viuda el pasado 01 de Enero después de 45 años de matrimonio.Me ha quedado una pensión de 813,87€ que me han venido pagando el día 25 de cada mes.
Este mes,Junio, me han abonado la paga extra 542,57 € además de la pensión.
A qué es debida la diferencia entre la paga y la pensión de viudedad?
Mi marido cobraba las 14 pagas anuales con la misma cantidad.
Si me lo aclaras me haces un gran favor.
Michas gracias anticipadas.
Buenas.Estoy cobrando una pension de viudad de 600 euro.Ahora en noviembre me voy a jubilarse y segun el simulador de Seguridad social voy ha recibir 894 euro.Puedo cobrar las 2 pensiones?
Una observación, preguntale ha usted és cómo hablar con una pared, se supone que està para informar y nos remite directamente a una gestoría, lamentable.
Ha fallecido mi marido que contaba la pensión de jubilación ha muerto de una enfermedad. Yo cobro una pensión por invalidez total absoluta, con un grado del 53%, movilidad reducida con 7 o 8 puntos y tengo grado I de dependencia, de 148€. (Actualmente estoy a la espera de una nueva revisión del grado de discapacidad y pasar al grado 2 de dependencia.
Tengo derecho a cobrar pensión de viudedad ,? Si tengo derecho a dicha pensión de viudedad, como se calcula el importe que cobrare por viudedad ,? Gracias
La reduccion del porcentaje por jubilación a los 63 anos y cuatro meses de jubilacion voluntaria ,afectan a la pensión de viuedad otorgada x la administracion de la SS? O vicerversa?
Hola me jubile noviembre 2020 con 65 años y diez meses tengo cotizados 14 años y casi 9 meses cobraba una pensión de viudedad de $379 euros y me la bajan a 180 en el momento de cobrar casi 400 euros de jubilación me parece una injusticia es normal? Actualmente cobro 541€ de seguridad social jubilación y 187 de viudedad es reclamado y me dicen que es normal yo tenía entendido que si podía cobrar la jubilación y era compatible con la viudedad sin bajarla me gustaría me lo aclara muchísimas gracias un saludo
Hola. Mi padre lamentablemente ha fallecido. Mi madre cobra una pensión por haber trabajado. Aparte del descuento que le han hecho a mi padre de su pensión , a mi madre le han suprimido complementos a minimos. Yo estoy soltera y he cuidado de mi padre y de mi madre que afortunadamente aún vive. No tengo ingresos, estoy desempleada y no cobro nada. Podrían darme alguna ayuda a favor de familiares?. Por favor me contestan a mi dirección de correo electrónico. Gracias. Un saludo
Hola. Mi madre ha quedado viuda. Ella cobra su pensión de 876 euros. Mi padre llegaba a los 2100 que con retenciones eran unos 1800 euros.. Ahora hemos recibido la resolución provisional de viudedad con una base reguladora de 1602 euros. Con los cálculos que hace Inss el importe es 1200 y con la retención queda en 1091 euros. La duda es, ¿esto es lo que cobrará mi madre al mes? Porqué según creo la pensión de mi madre es compatible con la viudedad. ¿Cobrar ella su pensión independientemente de la de viudedad? Si es así, ¿aparecera separado las dos pensiones? ¿Cómo queda reflejado cuando lleguen los recibos del banco? ¿Un recibo será de su pensión de 876 y otro será de viudedad? porque si no es así la pensión de viudedad sería poco dinero. Muchas gracias de antemano
Hola mi pregunta
Yo soy viuda y tengo 59 años y cobro la paga de viuda
Entonces cuando tenga la edad de mi jubilación que tengo 16 años cotizados cobraré las dos pagas?
Gracias de antemano
Mi pensión de jubilación es de 700 euros ,la de mi cónyuge 1500 ,si me quedo viuda cual sería mi pensión??? Gracias
Buenos días. Mi madre se a quedado viuda y cobra su pensión y la de mi padre y entre las dos suma 3000€ netos, se le bajaría a 2.800 netos o brutos?
Un saludo
Hola, mi madre está a punto de jubilarse, es trabajadora en activa cobra por su trabajo unos 800 euros y por viudedad unos 600, mi pregunta es si cuando se jubile podrá seguir cobrando la viudedad o solo su jubilación, gracias
Buenas noches.
Soy viudo y cobro pensión de viudedad, tengo 51 años y 28 cotizados, estoy trabajando, soy funcionario de carrera y mi base de cotización es de 3300 euros.
Quiero jubilarme anticipadamente a los 63 años y según la web del INSS tendría una pensión de 2200 euros si me júbilo anticipadamente. Cobro 1400 euros netos como viudo pensionista en la actualidad.
Mi pregunta, es si podría añadir a la pensión resultante de mi jubilación anticipada la que cobro por viudedad.
Muchísimas gracias.
Tengo una duda que me está desquiciando. Espero que me la puedan resolver.Mi madre cobra una pensión contributiva de apenas 443€ al mes, por lo que cobra una cantidad por complement a mínimos para alcanzar la pensión mínima de 743€ al mes.
Mi padre cobraba 448€ al mes por el SOVI
Mi padre acaba de fallecer, y entiendo que que puede generar derecho de pensión de viudedad hacia mi madre, de aproximadamente el 52% de lo que él cobraba. supongamos que sean 224€ al més de viudedad
Continúa…. Lo siento, se envió el mensaje antes de acabarlo.
Mi madre podría sumar los 224€ de viudedad a lo que cobra actualmente de 743€, o solo se sumarían los 224€ de viudedad a los 443€ que le corresponden de pensión (667€ en total) que se tendrían que volver a complementar el mínimo de 743€? En este caso, seguiría cobrando la pensión mínima actual a pesare de tener derecho a pensión de viudedad.
Espero que haya una respuesta